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Diálogo Iberoamericano

Núm. 9 / mayo-junio 1997. Pág. 17

La educación jurídica: otro gato que necesita un cascabel


Michelle Silvestriz Alejandro y Carlos del Valle Cruz (Universidad de Puerto Rico). Hoy día la educación jurídica anda en busca de un valiente ratón que tenga la osadía de amarrarle un cascabel al felino social que llamamos el Imperio de la Ley. Por este Imperio nos referimos a la concepción tradicional de la enseñanza del derecho como agente mantenedor, accesorio y cómplice, del sistema de autoridad y poder que constituye nuestro estado de derecho en una democracia constitucional. Dentro de este sistema el estudio del derecho se convierte en un asiento hacia una profesión de gran prestigio y status social, por su acceso a las reglas y códigos sagrados de la administración de la justicia que el estado controla mediante su monopolio del ejercicio de la práctica.
Tradicionalmente, la enseñanza del derecho se ha hecho partícipe del estado establecido. La educación jurídica se ha convertido en otra de las profesiones, tales como médico e ingenierías, con cierto prestigio intelectual, status social y deseabilidad personal. Los abogados se han integrado a la operación del estado como fiscales, abogados defensores, oficiales jurídicos, jueces, oficiales administrativos, investigadores sociales, oficiales públicos, legisladores y políticos. De hecho, es de todos aceptado, que el título de juris doctor es casi un requisito sine qua non para integrarse como trabajador en la operación del estado sobre nuestras vidas.
Por otro lado, el estado de derecho ha adquirido una vida propia como sistema abstracto y formal, que tiende a despersonalizar la administración de la justicia. Este adjudica las disputas entre entes privados o implanta los códigos prohibitorios del estado sobre seres legales abstractos, desvirtuados de su naturaleza distintiva como persona en la comunidad. Este sistema, que ha absorbido la carga y la responsabilidad de atender las controversias surgientes de las masivas inequidades sociales y del deficiente desarrollo personal que caracterizan nuestro cuerpo social, sencillamente sufre y padece por su sobresaturación como medio de justicia.
Este fenómeno de sobresaturación se dirige hacia el agotamiento del paradigma del imperio de la ley. Se refleja en el incremento en los casos que atestan el sistema, las intolerables demoras en la resolución de los mismos, la enorme falta de recursos adjudicativos, la creciente incomprensión por parte de sus beneficiarios putativos, y sus resultados grandemente ineficaces como mecanismos de justicia social. En fin, nuestro estado de derecho ha sacrificado sus aspiraciones democráticas mas nobles por la necesidad operacional de administrar los reclamos de justicia de las masas con los principios de utilidad y eficiencia propios de una finca de ganado. Nuestras profesionales legales, cuando no están absorbidas en la adquisición de lucro personal, con demasiada frecuencia juegan un rol como capataces de estas haciendas.
¿Pero quién le pone el cascabel al gato?
Sostenemos que una alternativa radica en la reconceptualización del estado de derecho y de las instituciones relacionadas con la administración de la justicia. Bajo el modelo del estado liberal, el estado ha monopolizado las instancias para la adjudicación de controversias legales a través del proceso legal que asociamos con los abogados y con los tribunales. Este modelo, hemos postulado, ha llegado a su grado de saturación. Una propuesta para lidiar con este fenómeno es distribuir los procesos para la resolución de controversias del estado hacia la sociedad civil, particularmente hacia las diferentes comunidades con capacidad de mediar entre las discrepancias de su miembros. Bajo esta alternativa, pensando en voz alta, se podrían atender los casos de divorcios, mediar en accidentes vehiculares, y quizás absorber varias modalidades de delito menos grave. Por supuesto, esta repartición del ejercicio de la justicia requiere la inversión por parte del estado en su auto-despojamiento, tales como el reconocimiento de las solidaridades comunitarias y el fortalecimiento de sus capacidades y competencias.
Por otro lado, esta alternativa también requiere que se cuestione la especialización y profesionalización del sistema de justicia mediante la escuelas de derecho. Postulamos que la adquisición de las destrezas y competencias necesarias para una repartición social del ejercicio de la justicia requiere que la función pedagógica se democratice hasta el punto que se convierta en elemento medular de un currículo cívico. El estado promueve el mito de conceptualizar la educación legal como una educación postsecundaria, especializada y de alto costo. Entendemos al contrario, que el desarrollo de las destrezas y del pensamiento crítico necesario para ser un partícipe cívico y trabajador de la justicia puede emprenderse desde la escuela de la comunidad como parte de un currículo de competencias democráticas. En este sentido, la función del bachillerato es profundizar sobre los estudios necesarios para conjugar el conocimiento de la justicia con otras disciplinas relacionadas. Bajo esta visión, uno de los objetivos de una escuela de derecho debe ser su propia abolición como institución privilegiada; o, al menos, visualizarse como un coordinador del desplazamiento del ejercicio de la justicia hacia las comunidades, y como un facilitador del apoderamiento de los miembros de la sociedad civil en general. En otras palabras, su estrategia seria la de cultivar trabajadores de la justicia en vez de dioses togados.


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